Registro de Patrimonio Escultórico marplatense

Lo componen más de 200 obras ubicadas en diferentes espacios de Mar del Plata.
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El Ejecutivo marplatense elevará al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para que la ciudad cuente por primera vez con un registro de su rico patrimonio escultórico. Está compuesto por más de 200 piezas que hoy están emplazadas en distintos espacios públicos

"El objetivo es ordenar y preservar", explicó Costanza Addiechi, directora de Restauración de Monumentos de la Municipalidad, quien fue la encargada de redactar el proyecto. "Tenemos que trabajar haciendo hincapié en la educación. Uno no puede cuidar lo que no conoce y la valoración se da a través del conocimiento. La idea es que podamos cuidar lo que es de todos y esto, fundamentalmente, tiene que ver con concientizar acerca de la importancia. Son elementos valiosos de la historia de la ciudad que hablan de su identidad cultural y, entre todos, tenemos que asumir la responsabilidad de su cuidado", agregó.

El proyecto, indican desde la comuna, contempla siete categorías. La primera es la de Patrimonio Histórico. Se trata de obras escultóricas que fueron creadas o emplazadas antes del año 1939. En su mayoría responden al estilo clásico europeo y pertenecieron a los paseos costeros diseñados por Carlos Thays.

La segunda es Bienes de Interés Patrimonial y comprende a bienes muebles de valor histórico, simbólico, artístico o cultural que forman parte del espacio público, como buzones, copones, bancos, carteles de publicidad, farolas y mobiliario urbano.

La tercera categoría es Patrimonio Artístico- Cultural. Incluye a las obras creadas o instaladas a partir de 1939. Se compone por 27 obras de destacados artistas de la época. "A partir de ese momento, el patrimonio escultórico de la ciudad comienza a reflejar el momento histórico en el que se expresa junto al pensamiento y los intereses del hombre, imponiéndose sobre lo estrictamente decorativo que aludía el período anterior", agregó Addiechi.

Otra de las categorías es el Inventario de Monumentos escultóricos restantes, que se compone con un registro de obras escultóricas actualmente emplazadas que no forman parte de los apartados anteriores.

El quinto rubro es el Registro de Sitios Históricos declarados, un apartado que reúne los sitios históricos declarados por ser parte de la identidad cultural local. La sexta, en cambio, se denomina Patrimonio escultórico desaparecido y está constituida por obras y bienes de interés patrimonial desaparecidos por vandalismo o descuido. Este apartado permitirá reclamarlos a favor del municipio en el caso que corresponda.

En tanto que la última categoría es Registro de obras escultóricas declaradas Patrimonio Histórico Nacional y contiene a aquellas que fuesen consideradas por la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos.

En este marco, el proyecto también crea un régimen de sanciones. El propósito es evitar actos de vandalismo contra el patrimonio de la ciudad. La penalidad dependerá del daño y el valor que la obra represente de acuerdo a la categoría que integre.


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