Zerrillo criticó la eliminación del EMSUR

El referente de Nuevo Encuentro se mostró preocupado ante la creación de la nueva secretaría municipal.
Noticias de Mar del Plata. Zerrillo criticó la eliminación del EMSUR

El Intendente marplatense Carlos Arroyo elevó un proyecto de Ordenanza que modifica la estructura orgánica funcional de la Municipalidad de General Pueyrredon, eliminando el actual Ente Municipal de Servicios Urbanos (EMSUR) para dar creación a la Secretaría de Gestión de Espacios y Servicios Públicos dependiente del Departamento Ejecutivo. "Con esta decisión el Intendente Municipal achica las funciones del personal de planta del Estado Municipal en pos de ganar plena discrecionalidad, contradiciendo una trayectoria de los Entes Descentralizados que en Mar del Plata tiene más de 50 años" expresó el dirigente de Unidad Ciudadana José Luis Zerillo.
Hay que recordar que la centralización del estado es el estadío más primitivo de la administración pública central, es decir, las decisiones están reunidas en el órgano superior. Por el contrario, la descentralización por medio de un ente se separa de la administración central, se dota de personalidad jurídica propia y se constituye por órganos propios. Además, cuentan la facultad de administrarse a sí mismos y con asignación legal pudiendo percibir de recursos de algún impuesto o taza, y/o del presupuesto general.
"Hay una clara mirada de centralización y reducción del estado por parte del Intendente Carlos Arroyo. Concepción que se materializó, por ejemplo, cuando se abandonó la obra del Centro Cívico para convertirla en un depósito de autos. También cabe mencionar que el actual EMSUR, ya había sufrido una modificatoria producto del Decreto N° 1123 del 24 de mayo de 2016, que transfirió a la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, la Dirección de Obras Públicas y la Dirección de Control de Obras en Unidades Turísticas Fiscales que pertenecían al ente" expresó José Luis Zerillo .
La diferencia sustancial entre una Secretaría y un Ente descentralizado está en el manejo de los fondos. Mientras el primero, según la Ley Orgánicas de las Municipalidades, tiene presupuesto propio, pero está atado a las autorizaciones del Intendente por resolución del secretario de hacienda para extender órdenes de compra, por ejemplo; el ente tiene autonomía y lleva sus propios libros contables, incluso permitiendo la creación de un fondo de reserva si arroja superávit.


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