Atento al cumplimiento del plazo de siete días preestablecido en la ordenanza, desde el Municipio se estará en condiciones de aplicar lo expresado en el artículo 5to que establece la intimación de último aviso. Si no se diera respuesta se pasaría a la siguiente instancia que es trasladar el vehículo al depósito con el fin de preservar la circulación, el ambiente y la salubridad pública.
La medida cobra más vigencia si se tiene en cuenta las denuncias constantes de vecinos radicadas personalmente o por teléfono en la Dirección de Movilidad y Control Urbano.
Cumplidos los plazos establecidos, de no haberse presentado nadie a retirar el bien del depósito, se procederá a la descontaminación, desguace y compactación, conforme lo establecido en los artículos 10 y 11 de la norma de referencia.
Para evitar todos estos pasos desde la comuna solicitan retirar por sus propios medios los vehículos que presentan riesgos para los vecinos.
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