Reglamentan condiciones para acceso de empresas a programas de empleo

Se trata del los beneficios de Te Sumo y otros programas de empleo.
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Los ministerios de Desarrollo Productivo y de Trabajo de Nación reglamentaron las condiciones para acceder a los beneficios del Programa Te Sumo y de todas las contrataciones de personas que estén dentro de los programa educativos, de formación profesional o de intermediación laboral.

De esta forma se determinó que los empleadores del sector privado que participen de dichos programas podrán acceder a una reducción de las contribuciones patronales no sólo si la contratación del trabajador es permanente, sino también en aquellos casos en los que sea parcial o por tiempo indeterminado, incluyendo también contratos de trabajo agrario y en la construcción.

La reducción será aplicada durante los primeros 12 meses contados a partir del inicio de la contratación, sobre las contrataciones que se realicen a partir del 1 de setiembre último e incrementen la nómina de trabajadoras y trabajadores de agosto 2021.

Se trata de un 95 por ciento de reducción en caso de que la contratación sea de una mujer, travesti, transexual o transgénero, o una persona con discapacidad acreditada; y de un 90% en caso de que el contratado sea varón.

En efecto, este beneficio se aplicará en las siguientes modalidades de contratación laboral: contratos de trabajo por plazo indeterminado; a tiempo parcial; agrario permanentes, tanto de prestación continua como discontinua; y los comprendidos en el régimen de la actividad de la construcción.

Según lo establecido en el Decreto 493/21, en caso de que los contratos sean a tiempo parcial, los beneficios estipulados se reducirán a la mitad.

Las contribuciones patronales que se reducen son aquellas que tienen destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI), al Fondo Nacional del Empleo y al Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.


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