Cómo acceder a los beneficios fiscales del Blanqueo
La AFIP publicó la Resolución General 5573/2024, que detalla los pasos para acceder a los beneficios de liberación de impuestos bajo el Régimen de Regularización de Activos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) especificó los procedimientos que deben seguir los contribuyentes que desean acogerse al Régimen de Regularización de Activos (Blanqueo), permitiendo resolver su situación fiscal a través de la liberación de impuestos. Esta medida busca brindar soluciones a aquellos con deudas en discusión y se establece en la Resolución General N.º 5573/2024, publicada hoy.
El Régimen de Regularización otorga beneficios a contribuyentes con obligaciones en curso de discusión, siempre que estas no hayan adquirido firmeza antes de la entrada en vigencia de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. Esto incluye deudas en los ámbitos administrativo, contencioso-administrativo y judicial, permitiendo que los contribuyentes discutan el monto o la existencia de la deuda antes de su consolidación definitiva.
Proceso de adhesión al régimen
Para acogerse al régimen de regularización, es necesario que los contribuyentes presenten el Formulario 408/PD a través del servicio con clave fiscal "Presentaciones Digitales". Este trámite implica renunciar a cualquier derecho de apelación, así como al derecho de repetición sobre los conceptos involucrados. Además, los contribuyentes deben asumir el pago de las costas y gastos judiciales que hayan surgido en su causa.
El régimen abarca una variedad de impuestos:
- Impuesto a las ganancias
- IVA
- Bienes personales
- Impuesto a la ganancia mínima presunta
- Impuesto sobre créditos y débitos bancarios
- Impuestos a las salidas no documentadas
Además, la AFIP realizará exhaustivas tareas de fiscalización y verificación para asegurarse de que los contribuyentes cumplan con los requisitos del régimen, conforme a lo estipulado en la Ley N.º 11.683.
Es importante destacar que este régimen también protege a los pequeños contribuyentes inscritos en el monotributo. La tenencia de activos declarada voluntariamente no será considerada como antecedente para la exclusión o recategorización en este régimen impositivo.
La aceptación total de las condiciones del fisco es un requisito indispensable para acceder a estos beneficios. Adicionalmente, se recomienda que los contribuyentes interesados consulten con un asesor fiscal para garantizar el cumplimiento de todas las disposiciones legales y optimizar su situación ante la AFIP.
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