Con qué documento se puede votar
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21/11/15 - Según precisó la Dirección Nacional Electoral, quienes se presenten a votar con un documento anterior al que figura en el padrón no podrán votar.
En tanto, se informó que no se considera probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite, por lo cual no se podrá votar presentado una constancia de DNI.
El elector votará en el mismo lugar de la primera vuelta, salvo razones excepcionales o de fuerza mayor que se informarán debidamente.
Las consultas a los padrones pueden realizarse a través de internet en el sitio web www.padron.gob.ar, telefónicamente en las líneas gratuitas 0800-999- PADRON (7237) y desde el teléfono celular a través de un mensaje de texto al 30777, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F" según el sexo del elector.
Aquellos electores que no votaron en las primarias de agosto, tienen el derecho y la obligación de votar el próximo domingo.
Los electores menores de dieciocho años y mayores de setenta que no se presenten a votar estarán exentos de multa y no formarán parte del Registro de Infractores al Deber de Votar.
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