Con la necesidad de mantener limpios los espacios públicos, se solicita al vecino que a partir del 1 de septiembre no arroje ramas o restos de poda en la vía pública.
Según la Ordenanza Nº 2160, en su Art. 2, prohíbe arrojar o depositar y/o acopiar residuos en propiedades privadas, asimismo en el Art. 3 establece que la poda y corte de césped deberán embolsarse, prohibiéndose arrojar residuos de poda en la vía pública en los periodos no autorizados, de esta manera, no se podrá arrojar los restos de poda entre los meses de Septiembre y abril.
Desde la Comuna, se pide que el vecino se comprometa para mantener una Ciudad Limpia y ordenada, y en caso de que el vecino reincida en este accionar durante los meses no permitidos se aplicarán severas multas.
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