Desde la Oficina Municipal de Atención al Inquilino precisaron que con el criterio seguido por la ley, los aumentos deberían quedar en un punto medio entre lo que hayan avanzado en un año la inflación general y los salarios de los trabajadores registrados en relación de dependencia.
A partir de la Ley de Alquileres 27.551, los ajustes deben realizarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
Además explicaron que dichos aumentos deberán realizarse una vez al año.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) es el organismo que se encarga de elaborar y publicar ese índice, al que llamaron Índice para Contratos de Locación (ICL).
Este índice se puede consultar en la página del BCRA: http://www.bcra.gov.ar/ → "Estadísticas" → "Principales variables" → "Índice para Contratos de Locación (ICL-Ley 27.551)".
Para los contratos en curso, que renueven el monto en agosto (al 01/08/2022) el porcentaje de aumento es de 60,96 %.
Para consultas o mayor información dirigirse a la Oficina Municipal de Atención al Inquilino, Chacabuco 383 (planta baja), de lunes a viernes de 8.00 a 14.00.
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