La ANSES, dependiente del Ministerio de Capital Humano, recordó que jubilados y pensionados pueden designar un apoderado para realizar trámites o percibir sus prestaciones cuando no pueden hacerlo personalmente.
Esta posibilidad está pensada para facilitar el acceso a los derechos previsionales, especialmente en casos de problemas de movilidad, enfermedad, internación o residencia en el exterior, y permite garantizar la continuidad en el cobro de haberes.
Un apoderado es la persona o institución autorizada por el titular para gestionar trámites ante ANSES o cobrar jubilaciones y pensiones en su nombre. También puede designarse un representante especial por tiempo determinado cuando la imposibilidad de movilizarse es transitoria.
La designación puede abarcar únicamente el cobro de la prestación o incluir gestiones administrativas, según la necesidad del beneficiario.
Cómo designar un apoderado en ANSES
Si el apoderado elegido es un familiar, no es necesario solicitar turno previo. De todos modos, ANSES recomienda ingresar a mi ANSES y verificar que los datos personales y del grupo familiar estén correctamente registrados y actualizados.
Luego, el titular debe presentarse en una oficina de ANSES con su DNI y la documentación que acredite el vínculo con la persona designada. En caso de no poder asistir, existen alternativas con poderes certificados.
Quiénes pueden ser apoderados
Puede ser apoderada cualquier persona mayor de 18 años. Además de familiares directos, ANSES permite designar como apoderado a:
Entidades públicas nacionales, provinciales o municipales
Mutuales e instituciones de asistencia social
Abogados o procuradores, con poder certificado por escribano
Directores o administradores de hospitales, sanatorios o asilos, en el caso de personas internadas
Esta amplitud busca asegurar que cada jubilado o pensionado encuentre una opción adecuada a su situación personal.
Apoderados para quienes viven en el exterior
Los beneficiarios que residen fuera del país pueden otorgar poder a un banco habilitado con opción de giro al exterior para percibir su jubilación o pensión. Entre las entidades autorizadas se encuentran el Banco Nación, Banco Ciudad, Banco Patagonia, Credicoop, Banco Piano y Banco Comafi.
Esta modalidad permite mantener el cobro regular de las prestaciones sin necesidad de regresar al país.
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