La Cámara Nacional Electoral informó a los electores que no hayan emitido su voto que deben justificar esta situación.
De esta manera, se cuenta con un plazo de 60 días, posteriores a la elección, para justificar la no emisión del voto con la constancia que así lo acredite.
Para poder hacerlo, se puede aceder a la web de la Cámara Electoral y completar el formulario para infractores al deber de votar.
Vale recordar que el voto e Argentina es obligatorio. Todos aquellos ciudadanos que se encuentren incluidos en el padrón electoral y que tengan entre 18 y 70 años de edad a la fecha de la elección, tienen el derecho y el deber cívico de votar.
Los únicos ciudadanos que no están obligados a votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son:
- Los menores de 18 y mayores de 16 años.
- Los mayores de 70 años.
- Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral.
Lo que tenés que saber
¿Te gustó esta nota?
Apoyá el periodismo regional
Cada aporte nos permite seguir cubriendo lo que pasa en Mar del Plata y la región.
Ahora más Noticias de Regionales
Cerró el taller sobre crisis climática con más de 100 municipios participantes
Regionales
Kicillof promulgó la ley que crea el corredor turístico Camino del Mar
Regionales
La UCR bonaerense realizará su Convención Provincial en La Plata
Regionales
Bianco alerta sobre aumento de deudas familiares y cierre de empresas en la provincia
Regionales
Fernanda Raverta: "Fueron las peores vacaciones de invierno en los últimos 20 años"
Regionales
Abad pidió declarar la emergencia para la pesca fresquera en Argentina
Regionales