Proyecto de seguridad vial que regula motos y bicicletas con motor
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La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires dio media sanción al proyecto que modifica la Ley de Tránsito N°13.927. Se trata de una iniciativa impulsada por el diputado provincial Rodolfo Iriart que no sólo busca prevenir accidentes, sino que también apunta al cuidado ambiental.
riart precisó a la agencia BA noticias que “desde el Poder Legislativo queremos dar herramientas que contribuyan a prevenir accidentes, muchos de ellos fatales y también evitar la contaminación por emisión de gases”..
“Se producen accidentes que pueden ser evitados. Por eso hay que avanzar en una legislación moderna, acompañada de campañas de educación y concientización", aseguró el legislador marplatense.
En el artículo 1º -modificatorio del 16-, se señala que “los ciclomotores y motocicletas cuya cilindrada sea igual o superior a los cincuenta centímetros cúbicos, (50 c.c.), destinados a circular por la vía pública están sujetos a una revisión técnica, a fin de determinar el estado de funcionamiento de las piezas y sistemas que hacen a la seguridad activa y pasiva y a la emisión de contaminantes”.
Otro punto se refiere al uso de luces en el ámbito de la Provincia y señala que “los automotores, tractores; carretones, acoplados y semiacoplados, durante el día, en los tramos interurbanos de rutas, autovías o autopistas, y donde lo indique la señalización, debe llevar encendida y totalmente limpia la luz baja, las luces de posición, y la luz de chapa de dominio. Durante la noche, dicha obligación se aplicara también a los tramos urbanos”.
Respecto de las motos y ciclomotores, expresa que “deberán transitar por rutas, autovías y autopistas las 24 horas y en forma permanente con las luces bajas y de posición encendidas”.
En cuanto a las bicicletas “con o sin motor de auxilio a la propulsión, y las motocicletas eléctricas que circulen a cualquier hora de la noche, por rutas, autovías o autopistas”, se dispone que “deberán llevar encendidas como mínimo la luz baja y una luz trasera de posición”.
También dispone la obligación del uso de casco a los conductores y acompañantes de “bicicletas de propulsión auxiliada por motor a explosión o eléctrico, y motocicletas de propulsión eléctrica” y la contratatación de un seguro que como mínimo cubra los riesgos de responsabilidad civil por daños a terceros”.
Además se establece que en el caso de quienes conduzcan estos vehículos en desempeño de tareas de mensajería o reparto de mercaderías a domicilio (delivery) “deberán usar además un chaleco reflectante, el cual tendrá impreso, en forma legible, el dominio del vehículo que conducen”.
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