La Secretaría de Energía de la Nación estableció mecanismos para desbloquear la capacidad de transporte eléctrico, afectada a proyectos de energías renovables que no se concretaron por la crisis económica de 2018. También buscan apoyar a aquellos que sí demuestran avances.
"Desde el Estado Nacional seguimos apoyando el crecimiento del sector de las energías renovables, apoyando a los proyectos que demuestran avances, liberando la capacidad de transporte que es fundamental para sumar nuevos proyectos e inversiones y mediante el fomento a los contratos entre privados", destacó el subsecretario de Energía Eléctrica, Federico Basualdo.
Por medio de una nueva alternativa para la rescisión voluntaria de los contratos y del establecimiento de nuevas condiciones para prorrogar o modificar la potencia contratada, se liberará capacidad de transporte que podrá ponerse a disposición de nuevos proyectos.
De esta manera, se contribuye con el objetivo de alcanzar en 2025 el 20 por ciento del abastecimiento eléctrico a partir de fuentes renovables, tal como establece la Ley 27.191.
La normativa, elaborada por la Subsecretaría de Energía Eléctrica, es una manera eficaz de resolver las diversas dificultades que presentan los proyectos que no pudieron concretarse y de acompañar a aquellos que necesitan reconducir sus términos contractuales, sea por la prórroga de plazos o por la reducción de la potencia contratada.
"Esta es una nueva medida en el marco de otras iniciativas que aliviaron las dificultades del sector en el marco de la crisis económica, cambiaria y sanitaria de 2020 y 2021", señala el parte oficial.
Respecto de los casos de rescisión, la nueva normativa destaca que "para aquellos proyectos que no alcanzaron a cumplir con los plazos previstos, se prevé su salida voluntaria a través de un único pago de 17.500 dólares por MW para eólicos y solares, y de 12.500 dólares por MW para biogás, biogás de relleno sanitario, biomasa y pequeños aprovechamientos hidroeléctricos".
Asimismo, se prevén nuevas condiciones en los términos originales del contrato, en lo que respecta a precio, duración y garantía de cumplimiento, para aquellos proyectos que opten por prorrogar los plazos de ejecución por un año.
Se incorpora la exigencia de acreditar un mínimo del 30% de Componente Nacional Declarado (CND) en las instalaciones electromecánicas del proyecto, o el incremento de un mínimo del 5%, si el proyecto hubiera comprometido un porcentaje inferior al 30%.
En los casos de reducción de la potencia contratada, podrán realizar el proyecto en una escala menor, no inferior a la potencia mínima establecida en el pliego de bases y condiciones de la Ronda respectiva, y se les mantendrá el precio y vigencia del contrato.
Finalmente, la disposición de Energía advierte que "aquellos proyectos que estén en incumplimiento y no opten, en un plazo de 30 días, por alguna de estas opciones, quedarán sujetos a la ejecución de las garantías previstas".
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