7/11/15 - Para realizar el trámite a través de la web, se debe ingresar en la página web infractores.padron.gov.ar, donde cada ciudadano puede consultar el registro de infractores al deber de votar, verificar si se encuentra asentado como infractor, regularizar su situación o efectuar el reclamo que considere necesario, según informó la Cámara Nacional Electoral.
Por ejemplo, en caso de que el elector haya estado de viaje en el exterior, deberá enviar -vía web- un archivo PDF con la imagen del pasaporte donde conste la fecha de salida y llegada al país.
Luego se genera una constancia de no infractor que el elector debe conservar para dejar acreditado que no se encuentra incluido en el registro de infractores al deber de sufragar.
El trámite también se puede hacer personalmente ante la Cámara, de lunes a viernes de 7.30 a 15.30 en Leandro N. Alem 232, de la ciudad de Buenos Aires, o en la secretaría electoral de cada distrito del país.
Aquellos electores de entre 18 y 70 años que no hayan votado y no justifiquen la no emisión pasarán a integrar el registro de infractores; y la multa por no votar ni justificar su omisión en uno de los actos electorales será de 50 pesos y por la segunda infracción 100 acumulable a la primera.
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